Obligacion del Corredor de Verificar Identidad y Mayoria de Edad de los Participantes en un Boleto de Compra Venta. Accion de Nulidad. Nulidad Relativa. Co-propietaria el Menor con el Padre.

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Marcela de 17 años de edad otorga un boleto de compra-venta como copropietaria de un inmueble, el otro co-propietario era su padre. En el boleto se deja constancia de que todas las partes eran mayores de edad y hábiles para contratar. Al momento de la lectura a los presentes de dicho boleto, Marcela no emite objeción alguna.

1) ¿Puede prosperar la acción de nulidad?

Diferentes posturas a favor y en contra:

“Si” puede prosperar la Acción de Nulidad, pues los contratos celebrados por incapaces son nulos, de nulidad relativa es decir en beneficio del incapaz siendo El, y solo El, quien puede iniciar la acción.

“No” puede prosperar, el incapaz conocía el hecho de que era menor de edad y nadie puede alegar su propia torpeza ( I ).

Desde el otro lado, el comprador puede alegar vicios del consentimiento, siendo que pudo haber sido dolo o error (en el acto) de la otra parte para que El mismo contratara. Esto no influiría en la compra del inmueble ya que el vicio no fue por la diferente calidad o cantidad de lo comprado así que no tendría porque alegar algo que no le perjudica en su adquisición.

Particularmente estoy en contra de que pueda prosperar la Acción de Nulidad, pues entiendo que la menor, tuvo posibilidad de emanciparse antes del acto de la firma del boleto de compra-venta, ya que tenia edad para ello y nada se lo impedía (se respira mas aire de Dolo que error). En definitiva llevaría el caso por este camino en contra de la Nulidad Con lo cual en el caso que tratamos,

Tiene relevancia que el padre haya sido co-vendedor?

Únicamente tiene relevancia en el caso de que el padre de Marcela era el representante legal del incapaz, en el momento del acto de la firma, pues si bien el incapaz no pude disponer de sus bienes inmuebles por si mismo, lo puede hacer a través de su representante (generalmente sus padres). Creado la presunción de que el inmueble no esta malvendido por el incapaz, siendo que la nulidad es a favor del incapaz y su incompetencia para realizar este tipo de contratos y conocer la inteligencia del acto, esta respaldada por la intervencion del representante del menor.

3)Cambiaria la respuesta anterior si la porción correspondiente a Marcela huera sido adquirida a titulo gratuito?

Mas aun solo podría venderlo con la autorización del padre, ya que no tiene la disposición del bien pero vendiéndolo conjuntamente se supone que la tiene, la nulidad no puede declararse ( I ) ya que no puede alegar su propia torpeza.

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