CONVENIO DE DESOCUPACION CLAUSULAS USUALES Y UTILIDAD

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El convenio de desocupación tiene varias utilidades importantes:

  1. Establece las condiciones y términos bajo los cuales el inquilino desocupará el inmueble al finalizar el contrato de alquiler, evitando así malentendidos o disputas futuras.
  2. Permite fijar una fecha concreta para la desocupación, brindando certeza a ambas partes sobre el momento en que el inmueble estará disponible para el propietario.
  3. Establece las responsabilidades del inquilino en cuanto a la entrega del inmueble en las mismas condiciones en que lo recibí, incluyendo el estado de conservación y la devolución de los bienes muebles.
  4. Define las consecuencias en caso de incumplimiento, como el pago de multas diarias por retraso en la desocupación.
  5. Facilita el proceso de desocupación en caso de que sea necesario recurrir a la vía judicial, al proporcionar un acuerdo escrito que puede ser exigido legalmente.

En resumen, el convenio de desocupación es una herramienta fundamental para establecer claramente las condiciones de desocupación del inmueble al finalizar el contrato de alquiler, protegiendo los intereses tanto del propietario como del inquilino.

  • Las partes se ponen de acuerdo en alquilar por menos del plazo mínimo y lo que la ley 23.091 pretende es darle la posibilidad al locatario, que es considerada la parte débil, de quedarse durante todo el plazo mínimo. Ahora, si después de celebrado el contrato de locación se quiere ir, puede hacerlo en forma unilateral, en los plazos y con las modalidades establecidas en la ley , en forma bilateral, mediante la firma de un convenio de desocupación.
  • conviene realizar inventario estableciendo  normales condiciones de funcionamiento, uso y estado de conservación.

 

Las cláusulas usuales en un convenio de desocupación suelen incluir:

  1. Referencia al contrato de locación previamente suscrito entre las partes, indicando la fecha de vencimiento del mismo.
  2. Compromiso del locatario de entregar el inmueble desocupado en una fecha específica y en las mismas condiciones en que lo recibí, incluyendo los bienes muebles detallados en un inventario anexo.
  3. Establecimiento de una multa diaria en caso de incumplimiento por parte del locatario, así como la obligación de abonar tasas municipales y servicios.
  4. Autorización para el locador de solicitar el lanzamiento del locatario y ocupantes en caso de incumplimiento, sin necesidad de notificaciones adicionales.
  5. Estipulación de penalidades adicionales en caso de abandono del inmueble o depósito judicial de las llaves por parte del locatario.
  6. Prohibición de transferir o subarrendar el inmueble, considerándose esta acción como causa de desalojo.
  7. Posibilidad de modificación del convenio únicamente mediante acuerdo por escrito entre las partes.

Es importante tener en cuenta que estas cláusulas pueden variar dependiendo del convenio específico y las circunstancias particulares de la relación entre el locador y el locatario.

  • Detalles sobre el convenio de desocupación y sus cláusulas usuales.
  • Cláusulas relacionadas con el incumplimiento por parte del locatario.
  • Prohibiciones y penalidades en caso de incumplimiento.
  • Consideraciones sobre la fecha del convenio de desocupación y su relación con el contrato de locación.
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