Como experto abogado en derecho sucesorio en Argentina, es importante comprender que, después de la última reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, la desheredación ya no es una opción legal en nuestra legislación. Esto significa que un padre no puede excluir a un hijo de su herencia mediante un acto de desheredación.
Sin embargo, aunque no se pueda desheredar legalmente a un hijo, existe la posibilidad de impugnar a un heredero o legatario por indignidad o ingratitud respecto al difunto. Esto significa que si un hijo ha actuado de manera que se considere incompatible con el reconocimiento de los beneficios hereditarios, puede ser excluido de la sucesión.
Ejemplo: Supongamos que Juan, al fallecer, deja una herencia para sus tres hijos. Sin embargo, uno de los hijos, Pedro, ha incurrido en conductas graves y perjudiciales para Juan, como haber intentado dañar sus bienes o haberlo maltratado de manera sistemática. En este caso, los otros hijos podrían impugnar a Pedro por indignidad o ingratitud y buscar su exclusión de la herencia.
En resumen, aunque la desheredación no es legal en Argentina, los herederos aún pueden impugnar a un beneficiario de la herencia si consideran que ha incurrido en actos que lo hacen indigno o ingrato respecto al difunto. Es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho sucesorio para llevar a cabo este proceso de impugnación de manera efectiva