Concepto y tipos de Remuneración

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remuneracion derecho laboral

Temas a tratar en este articulo  : concepto de remuneración tipos de remuneración – reforma laboral. Como se define remuneración? ¿En que consiste? ¿Qué es el salario mínimo vital, y el SAC?

 

Concepto de remuneración ¿Cómo se define a la remuneración?

La remuneración podrá consistir en una suma de dinero; o parte en dinero y hasta un 20% del monto total en especie, habitación o alimentos.

El monto debido en concepto de remuneración será igual al valor que determine para la categoría o puesto correspondiente al trabajador la escala salarial del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad o a la empresa en la cual el trabajador se desempeñe.

La remuneración puede determinarse por tiempo, por rendimiento de trabajo que a su vez puede ser por unidad de o por comisión individual o colectiva, por habilitación, por gratificación, por participación en las unidades o premios.

Con respecto a las Prestaciones complementarias ya sean en dinero o en especie, éstas integran la remuneración del trabajador, con excepción de los retiros de socios de gerentes de SRL, los reintegros de gastos sin comprobantes correspondientes al uso del auto de la empresa o empleado, los viáticos de viajantes de comercio acreditados con comprobante y el comodato de casa-habitación del empleador.

REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL

El salario mínimo vital es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia en su jornada de trabajo, de modo que le asegure una alimentación adecuada, vivienda digna, educación, etc. Además, es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias. Todo trabajador mayor de 18 años tendrá derecho a percibir una remuneración no inferior a dicho salario.Puede expresarse en montos mensuales, diarios y horarios. Los subsidios o asignaciones por carga de familia, son independientes del derecho a la percepción del salario.

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO 2020

El (SAC) sueldo anual complementario es la doceava parte del total de las remuneraciones, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario. Es abonado en dos cuotas, la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio, y la segunda el 18 de diciembre. El cálculo para liquidar el importe se hace del 50% de la mayor remuneración mensual devengada. En los casos en que opere la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa, deberá calcularse el SAC proporcional, que se establecerá como la doceava parte de las remuneraciones devengadas en la fracción del semestre trabajado hasta el momento de dejar el servicio.

Podrán pagarse en efectivo, cheque a la orden del trabajador o mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria. Dicha cuenta se denomina cuenta sueldo, y no tiene límites de extracción, ni costo alguno para el trabajador.remuneraciones

 

 

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