MUNICIPIO DE MORON REGLAMETACION CONTRA INDENCIOS

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DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO

PREVENCIONES QUE CUMPLIRÁN LOS EDIFICIOS SEGÚN SU USO

PREVENCIONES GENERALES CONTRA INCENDIO

Las prevenciones generales contra incendio serán cumplidas por todos los edificios a construir como también por los existentes en los cuales se ejecuten obras que aumenten en más de 1/3 la superficie cubierta o a juicio de la D.O.P. aumenten su peligrosidad, sea por modificación en la distribución general de la obra o por alteración del uso.
Asimismo estas prescripciones deberán ser cumplidas por usos que no importen edificios y en la medida que esos usos las requieran.

a) Cuando se utilice una finca o edificio para usos diversos, se aplicará a cada parte y uso las prevenciones que correspondan.
La D.O.P. podrá exigir que se adopten todas aquellas precauciones aconsejadas por la naturaleza del edificio o acumulación de usos, aunque no estén incluidas en esta Ordenanza.
A solicitud del interesado la D.O.P. podrá aceptar soluciones alternativas para favorecer la extinción, distintas de las exigidas en esta Ordenanza.

b) La vivienda para mayordomo, portero, sereno o cuidador tendrá comunicación directa con una salida exigida.

c) Los conductores de energía eléctrica en las instalaciones permanentes serán protegidos con blindaje de acuerdo con las normas en vigencia.

d) En el interior de una finca, próxima a la L.M. en piso bajo y en lugar de fácil acceso desde la vía pública, se instalarán los dispositivos para cortar el gas, la electricidad y otros fluidos combustibles o inflamables.
En donde se requiera servicio de agua contra incendio se asegurará el funcionamiento de la bomba en los casos en que el predio o edificio quede sin corriente eléctrica.

e) En la ejecución de estructuras de sostén, muros, tabiques, con la sola excepción establecida en «Edificios que se pueden construir con madera estructural» se emplearán materiales incombustibles como ser, albañilería, hormigón, hierro estructural y/o materiales de propiedades análogas que la D.O.P. acepte. El hierro estructural tendrá los siguientes revestimientos mínimos: En columnas : 0,05m. de espesor para forjado con armado metálico o metal desplegado o mezcla de cal o cemento y 0,07m. de espesor para albañilería de ladrillos con mezcla de cemento. En vigas: 0,03m de espesor para forjado con armado metálico. El hierro estructural de armaduras de cubierta puede no revestirse, siempre que se provea una libre dilatación de la estructura para no transmitir esfuerzos horizontales a los apoyos.

f) La ubicación de los elementos contra incendio (bocas, mangueras, baldes, matafuegos, válvulas) se indicará con una señal bien visible de color amarillo.

4.12.1.2. CUADRO DE LAS PREVENCIONES CONTRA INCENDIO

Los cuadros que a continuación se detallan no son taxativos pudiendo la D.O.P. en el caso de existir otros tipos de usos, determinar las características de prevenciones contra incendio en : situación, construcción o extinción.
–VER CUADRO–

4.12.2.0. DETALLES DE LAS PREVENCIONES CONTRA INCENDIO

4.12.2.1. PREVENCIONES DE SITUACIÓN

Las prevenciones de situación serán caracterizadas con la letra S seguida de un número de orden. Estas prevenciones son las siguientes:

PREVENCIÓN S1
Si la edificación se desarrolla en pabellones o bloques, se dispondrá que el acceso de los vehículos del servicio público contra incendio sea practicable a cada pabellón cuando la superficie del predio sea superior a 8.000 m2.

PREVENCIÓN S2
El edificio se situará aislado de los predios colindantes y de la vía de tránsito y, en general, de todo local de vivienda o de trabajo. La separación tendrá la medida que fije la Dirección de Bomberos, proporcional a la peligrosidad en cada caso.

PREVENCIÓN S3
Cualquiera sea la ubicación del edificio o edificios, el predio se cercará totalmente (salvo las aberturas exteriores de comunicación) con cerca de albañilería de 0,30m. de espesor o de hormigón de 0,08m. de espesor neto, de 3m. de alto como mínimo. La cerca del frente cumplirá con la altura establecida en los artículos 4.3.2.3. y 4.3.2.4.

PREVENCIÓN S4
Se ejecutarán pabellones aislados de superficie máxima y separación mínima que fijará la Dirección de Bomberos en cada caso, según el grado y la peligrosidad, teniendo en cuenta la técnica seguida en situaciones similares.

4.12.2.2. PREVENCIONES DE CONSTRUCCIÓN

Las prevenciones de construcción serán caracterizadas con la letra C seguida de un número de orden. Estas prevenciones son las siguientes:

PREVENCIÓN C1
Las puertas, ventanas, pisos, enlistonados de cielorrasos y techos, deben ser incombustibles.
Los revestimientos pueden ser de combustión lenta siempre que se apliquen a partes incombustibles.
La Dirección puede aceptar excepciones al cumplimiento de esta «prevención», en los casos que se demuestre haber tomado las debidas precauciones y siempre que el uso del edificio no ofrezca peligro.

PREVENCIÓN C2
Cuando el edificio tenga locales de superficie superior a 1.000m2. debe aislarse con un muro cortafuego y los nuevos ambientes no excederán el área antedicha. El muro cortafuego será construido de ladrillos comunes macizos o de hormigón, con los espesores mínimos de acuerdo a su altura.
Hasta 4m. de altura, muro de ladrillo de espesor de 0,30m. y si es de hormigón 0,07m. de espesor.
Más de 4m. de altura, muro de ladrillo de espesor 0,45m. y si es de hormigón 0,15m. de espesor.
En el último piso, el muro cortafuego rebasará 0,50m. por lo menos la cubierta del techo más alto que requiera esta prevención. En caso de que el local sujeto a esta exigencia no corresponda al último piso, el muro cortafuego alcanzará, desde el solado de esa planta al entrepiso inmediato correspondiente.
En el caso de edificios con madera estructural, el muro cortafuego tendrá, según su altura, las características antedichas, siendo siempre de 0,45m. de espesor de albañilería en el caso de que su destino sea depósito.

PREVENCIÓN C3
El edificio se construirá de modo que divida ambientes de 1.000m2. por planta, separados por muros cortafuegos; las aberturas de comunicación entre ellos se obturarán con puertas dobles de seguridad contra incendios (una a cada lado del muro separativo) , de cierre automático y de tipo aprobado.
La instalación de tuberías, el emplazamiento de conductos y la construcción de juntas de dilatación, deben ejecutarse de manera que se impida el paso del fuego de un ambiente a otro.

PREVENCIÓN C4
a) Si la superficie cubierta encerrada por un local único de una unidad de uso diferenciado del mismo edificio excede de 60m2. los muros perimetrales serán de 0,30m. de espesor mínimo en albañilería de ladrillos macizos u hormigón armado de 0,10m. de espesor neto. Si la superficie cubierta no excede los 60m2. los espesores serán de 0,15m. y 0,07m., respectivamente. Los locales de uso diferenciado tendrán entre ellos muro separativo de 0,15m. de espesor en albañilería de ladrillos macizos o de 0,07m. de hormigón armado.

b) En edificios nuevos, los entrepisos de separación de locales serán de hormigón armado macizo de un espesor mínimo de 0,08m.

PREVENCIÓN C5
Los muros de un medio de salida general o público (escaleras, rampas, pasajes, vestíbulos) serán de 0,15m. de espesor mínimo en albañilería de ladrillos macizos asentados con mezcla de cemento o bien de 0,08m. de espesor neto de hormigón armado.
La escalera o rampa en sí que constituye un medio exigido de salida, será de hormigón armado macizo.

PREVENCIÓN C6
Los sótanos de edificios comerciales e industriales con superficie de piso de 65m2. o mayor, deben tener en su techo aberturas de ataque de un tamaño capaz de inscribir un círculo de 25cm de diámetro, fácilmente identificables en el piso inmediato superior y cerradas con baldosas, vidrio de piso o chapa metálica, sobre marco o bastidor de modo que, en caso de incendio, puedan retirarse con facilidad, para pasar por ellas líneas de mangueras con boquillas especiales. Estas aberturas se instalarán a razón de una por cada 65m2. y su ubicación y señalización será aprobada por la Dirección de Bomberos. Cuando haya dos o más sótanos superpuestos, cada uno debe cumplir este requisito.
Cualquier sótano de superficie total mayor de 150 m2. debe tener por lo menos dos salidas a Piso Bajo, ubicadas en lo posible en extremos opuestos; una de ellas emplazada a no más de 3m. del medio de salida o pasillo que a él conduzca. Una salida puede ser a base de «trampa» en el piso para casos de emergencia, sin cerramiento con traba, siendo su abertura mínima de 0,60m. por 0,60m. con una altura de paso no inferior a 1,20m. Esta abertura debe tener una escalera que puede ser de «gato» o «marinera».

PREVENCIÓN C7
La cabina de proyección será construida con material incombustible y no tendrá otras aberturas que las que correspondan a ventilación, visual del operador, salida de haz luminoso de proyección y de entrada que abrirá de adentro para afuera y dará a un medio de salida.
La entrada a la cabina tendrá puerta incombustible y estará aislada del público, fuera de su vista y de los pasajes generales. Las dimensiones de la cabina no serán inferiores a 2,50m. por lado y tendrá suficiente ventilación mediante vanos o conductos al aire libre.

PREVENCIÓN C8
a) Un local donde se revelen o sequen películas inflamables, será construido en una sola planta sin edificación superior y convenientemente aislado de los depósitos, locales de revisión y dependencias. Sin embargo, cuando se utilicen equipos blindados puede construirse un piso alto.

b) El local tendrá dos puertas que deben abrir hacia el exterior, alejadas entre sí, para facilitar una rápida evacuación. Las puertas serán de material incombustible y darán a un pasillo, antecámara o patio, que comunique directamente con los medios de salida exigidos.
Sólo pueden funcionar con una puerta de las características especificadas, talleres y depósitos que cumplan con las siguientes condiciones:

a) En depósitos, las estanterías estarán alejadas no menos de 1,00m. del eje de la puerta, entre ellas existirá una distancia no menor de 1,50m. y el punto más alejado del local distará no más de 3m. del mencionado eje.
b) En talleres de revelación, sólo se admitirán equipos blindados.

c) Los depósitos de películas inflamables tendrán compartimientos individuales con un volumen máximo de 30m2.; estarán independizados de todo otro local y sus estanterías serán incombustibles.

d) La iluminación artificial del local en que se elaboren o almacenen películas inflamables, será a base de electricidad, debiendo contar con lámparas protegidas e interruptores situados fuera del local; en el caso de situarse dentro del local serán blindados.

PREVENCIÓN C9
No se permite destinar a vivienda locales situados en los pisos altos y solamente puede haber ambientes para oficinas o trabajo como dependencia del piso inferior, constituyendo una misma unidad de uso.

PREVENCIÓN C10
Cuando el edificio conste de Piso Bajo y más de dos pisos altos y además tenga «superficie de piso» que, acumulada, exceda de 900m2., contará con avisadores automáticos de incendio.

PREVENCIÓN C11
Los muros que separen las diferentes secciones que componen el edificio serán de 0,30m. de espesor en albañilería de ladrillos macizos u hormigón armado de 0,07m. de espesor neto, las aberturas que estos muros tengan, serán cubiertas con puertas metálicas.
Las diferentes secciones se refieren a: La sala y sus adyacencias; los pasillos, los vestíbulos y el «foyer», el escenario, sus dependencias, maquinarias e instalaciones; los camarines para artistas y oficinas de administración; los depósitos para decoraciones, ropería, taller de escenografía y guardamuebles.
Entre el escenario y la sala, el muro de proscenio no tendrá otra abertura que la que corresponde a la boca del escenario y la entrada a esta sección desde pasillos de la sala, su coronamiento estará a no menos de 1m. sobre el techo de la sala.
Para cerrar la boca de la escena se colocará entre el escenario y la sala, un telón de seguridad levadizo, excepto en los escenarios destinados exclusivamente a proyecciones luminosas. El telón de seguridad debe producir un cierre perfecto, tanto contra el piso del escenario como en su parte superior; en su parte inferior y central habrá una puerta de 1,80m. de alto por 0,60m. de ancho, la cual sólo abrirá hacia el escenario manteniéndose cerrada por resortes a reacción exclusivamente.
En la parte culminante del escenario habrá una claraboya de abertura computada a razón de 1m2. por cada 500m3. de capacidad de escenario y dispuesta de modo que, por movimiento bascular, pueda ser abierta rápidamente al librar la cuerda o soga de «cáñamo» o «algodón», sujeta dentro de la oficina de seguridad.
Los depósitos de decoraciones, aderezos y ropas no podrán emplazarse en la parte baja del escenario.
En el escenario y contra el muro de proscenio y en comunicación con los medios exigidos de salida y con otras secciones del mismo edificio, habrá, solidario con la estructura, un local para oficina de seguridad de lado no inferior a 1,50m. y 2,50m. de altura y puerta incombustible.

PREVENCIÓN C12
a) Las puertas que comuniquen un local con un medio exigido de salida general o público serán
metálicas o de material de eficacia equivalente aprobado por la Dirección o formados con piezas ensambladas de madera maciza y no yuxtapuestas, con espesor mínimo de 35mm, para madera muy dura, dura, semidura o cedro, o de placas compensadas de cedro o similar. En caso de haber tableros macizos, sus espesores pueden rebajarse hasta 23mm.
Las puertas pueden tener vidrios armados situados en el tercio superior.

b) Las puertas y ventanas de iluminación propios de un medio exigido de salida general o público, contarán con las características del Inc. a) y pueden tener vidrios no armados.

PREVENCIÓN C13
Los medios de salida del edificio con sus cambios de dirección ( corredores, escaleras y rampas), serán señalizados en cada piso mediante flechas indicadoras de dirección, de metal bruñido o de espejo, colocadas en las paredes a 2m. sobre el solado e iluminadas, en las horas de funcionamiento de los locales, por lámparas a velas de estearina, compuestas por soportes y globo de vidrio, o por sistema de luces alimentado por energía eléctrica, mediante pilas, acumuladores o desde una derivación independiente del tablero general de distribución del edificio, con transformador que reduzca el voltaje de manera tal que la tensión e intensidad suministradas, no constituyan un peligro para las personas, en caso de incendio.

4.12.2.3. PREVENCIONES PARA FAVORECER LA EXTINCIÓN

Las prevenciones para favorecer la extinción, serán caracterizadas con la letra E seguida de un número de orden. Estas Prevenciones son las siguientes:

PREVENCIÓN E1
Habrá un servicio de agua contra incendio:
a) El número de bocas en cada piso, será el cociente de la longitud de los muros perimetrales de cada cuerpo de edificio expresado en metros dividido por 45; se consideran enteras las fracciones mayores de 0,5.
En ningún caso la distancia entre bocas excederá de 40m.

b) Cuando la presión de la red general de la ciudad no sea suficiente, el agua provendrá de cualquiera de estas fuentes:

1) De tanque elevado de reserva, cuyo fondo estará situado con respecto al solado del último piso, a una altura tal que asegure la suficiente presión hidráulica para que el chorro de agua de una manguera de la instalación de incendio en esa planta, pueda batir el techo de la misma y cuya capacidad será de 10 litros por cada metro cuadrado de superficie de piso, con un mínimo de 10m3. y un máximo de 40m3. por cada 10.000m2. de superficie cubierta. Cuando se exceda esta superficie se debe aumentar la reserva en la proporción de 4 litros por metro cuadrado hasta totalizar una capacidad tope de 80m3. contenida en tanques no inferiores a 20m3. de capacidad cada uno.
2) De un sistema hidroneumático aprobado por la Dirección de Bomberos que asegure una presión mínima de 1kg/cm2., con descarga por boquillas de 13mm. de diámetro interior en las bocas de incendio del piso más alto del edificio, cuando a juicio de esta Dirección exista causa debidamente justificada para que el tanque elevado pueda ser reemplazado por este sistema.

PREVENCIÓN E2
Se colocarán en cada piso, en lugares accesibles y prácticos que se indicarán en el proyecto respectivo, matafuegos distribuidos a razón de uno por cada 200m2. o fracción de «superficie de piso».
Los matafuegos cumplirán lo establecido en «Matafuegos».

PREVENCIÓN E3
Habrá necesariamente un tanque cuya capacidad será establecida por la Dirección de Bomberos pero nunca inferior a 20m3. El nivel del fondo del tanque, estará a no menos de 5m. por encima del techo más elevado del local que requiera esta prevención.
El número de bocas y su distribución será determinado en cada caso por la Dirección de Bomberos. Las mangueras de la salas tendrán una longitud que permita cubrir toda la superficie del piso.
Se instalarán sistemas de lluvias o rociadores, de modo que cubran el área del escenario y tengan elementos paralelos al telón de seguridad.

PREVENCIÓN E4
Cada local o conjunto de locales que constituya una unidad de uso independiente de superficie de piso no mayor de 600m2., cumplirá con la Prevención E2. Si excede esa superficie, cumplirá además con la Prevención E1.

PREVENCIÓN E5
Cada local o conjunto de locales que constituya una unidad de uso independiente de superficie de piso no mayor de 1.000m2., cumplirá con la Prevención E2. Si excede esa superficie , cumplirá además con la Prevención E1.

PREVENCIÓN E6
En los locales que requieran esta Prevención, con superficie mayor que 100m2., la estiba distará 1m. de ejes divisorios. Cuando la superficie exceda de 250m2., habrá camino de ronda, a lo largo de todos los muros y entre estibas. Ninguna estiba ocupará más de 200m2. de solado.

PREVENCIÓN E7
Si la edificación tiene más de 38m. de altura, medida desde el nivel de la acera, o más de 1.500m2. de superficie cubierta, cumplirá con la Prevención E1 y los extremos de las cañerías verticales se unirán a un colector de diámetro interior mínimo de 6,35cm. que alcanzará a la L.M. terminando en una válvula esclusa para boca de impulsión, de bronce (tipo reforzada) con anilla giratoria de rosca hembra (inclinada 45º hacia arriba si se la coloca en la acera), apta para conectar manguera del servicio de bomberos.
La cañería vertical tendrá a la salida del tanque elevado, una válvula de retención para impedir la subida del agua al tanque.
La válvula esclusa para boca de impulsión se ubicará en una cámara de 0,40m. x 0,60m. provista de una tapa de hierro fundido con orificio para llave tipo «toma para autobomba». La tapa tendrá grabada la palabra BOMBEROS, en letras indelebles de 5cm. de alto. La cámara se podrá colocar en la fachada principal.

PREVENCIÓN E8
En los estadios con más de 10.000 localidades, se colocarán bocas para tomas de agua con llave de paso, conectadas a la red general de aguas corrientes, de diámetro, cantidad y situación que aconseje la Dirección de Bomberos.

4.12.3.0. EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES CONTRA INCENDIO

4.12.3.1. TANQUES DE AGUA CONTRA INCENDIO

Un tanque exigido en «Prevenciones para favorecer la extinción», deberá cumplir con lo dispuesto en «Tanques de Bombeo y reserva de Agua» y además:

a) Debe existir una cisterna o tanque de agua intermedio que se surtirá directamente de la red general de la ciudad.
Se reemplazará la cisterna por pozo semisurgente o por otro sistema en la zona no servida por
O.S.N.

b) El suministro de energía eléctrica al motor de la bomba elevadora, será directo desde el tablero general e independiente del resto de la instalación del edificio.

c) El tanque elevado de agua contra incendio puede coincidir con el de reserva requerido para el
consumo del edificio.
En este caso la capacidad mínima del tanque unificado de reserva será:

v = v1 más 0,5 v2
donde v1 = capacidad mínima requerida por el destino más exigente.
v2 = capacidad correspondiente al destino menos exigente.

4.12.3.2. CAÑERIAS Y BOCAS DE INCENDIO

Las cañerías y las bocas de incendio exigidas en ¨Prevenciones para favorecer la extinción, reunirán las siguientes características:

a) Cañerías verticales de bajada: el diámetro interno no será inferior a 76 mm., con ramales de diámetro no menor de 50 mm. La presión de prueba será de 5 Kg/cm2. sobre la presión estática.

b) Bocas de incendio: serán válvulas con rosca macho de paso capaz para conectar la manguera en uso en la Dirección de Bomberos. Las bocas se situarán a 1,20 m. del solado, vueltas abajo en un ángulo de 45º y se pintarán de rojo.

c) Mangueras: cada boca de incendio estará provista de una manguera de tela con sus uniones de bronce a rosca ajustables a mandril, capaz de soportar sin pérdida la presión máxima existente en la cañería. La manguera tendrá la longitud y el diámetro que en cada caso determine la Dirección de Bomberos; el diámetro puede ser de 63,5 mm. o de 45 mm. según la necesidad de la instalación. Cada manguera se complementará con una lanza de expulsión, con boquilla cuyo diámetro de descarga se fijará en cada caso, teniendo además la lanza un sistema de cierre lento, o a rosca a espejo (mariposa). La manguera se colocará en un soporte fijo colocada en la pared de modo que no moleste el paso.

4.12.3.3. MATAFUEGOS

Un matafuegos exigido en «Prevenciones para favorecer la extinción», será manuable, apropiado para cada finalidad.
Se fijarán mediante grapas a una altura entre 1,20 m. y 1,50 m. sobre el solado, en lugares determinados por el profesional y aprobados por la D.O.P.

4.12.4.0. INTERVENCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE BOMBEROS

4.12.4.1. INFORME DE ESA REPARTICIÓN

La D.O.P. puede requerir la intervención de la Dirección de Bomberos en lo relativo a la protección contra incendio.
El informe de esta Repartición será imprescindible cuando se solicite la aprobación de soluciones alternativas para favorecer la extinción, distintas de las exigidas en esta Ordenanza.
Cuando sea obligatorio el cumplimiento de la Prevención E1, la Dirección de Bomberos extenderá un comprobante donde conste que la instalación es correcta, y antes de la obtención del Certificado Final de Obra será necesario que dicha Dirección certifique la buena condición de funcionamiento.

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