Construcción
Decreto 911/96: Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción. (B.O.
14/8/96)
Res. 231/96 SRT: Reglamentación del Decreto 911/96. (B.O. 27/11/96)
Res. 51/97 SRT: Establécese que los empleadores de la construcción deberán comunicar la fecha
de inicio de todo tipo de obra y confeccionar el Programa de Seguridad para cada obra que inicien
según las características. (B.O. 21/7/97)
Res. 35/98 SRT: Establécese un mecanismo para la coordinación en la redacción de los Programas
de Seguridad, su verificación y recomendación de medidas correctivas en las obras de
construcción, a los efectos de cumplimentar los arts. 2 y 3 de la Res. 51/97. (B.O. 6/4/98)
Res. 319/99 SRT: Establécese que en aquellos casos en que desarrollaran actividades simultáneas
dos o más contratistas o subcontratistas, los comitentes deberán llevar a cabo las acciones de
coordinación de higiene y seguridad. Los empleadores que realicen obras de carácter repetitivo y
de corta duración confeccionarán y presentarán ante su ART, un Programa de Seguridad. (B.O.
15/9/99)
Res. 1642/09 SRT: Créase la Comisión de Trabajo para Empresas con Establecimientos que
Registren Alta Siniestralidad en la Actividad de la Construcción. (B.O. 25/11/09)
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