Que se hace con los importes cobrados a un deudor moroso?? Puede el administrador decidir a su arbitrio en que gastarlos o no gastarlos??
El importe de expensas percibido es un crédito del consorcio de propietarios, ente jurídico diferente de las personas físicas que alguna vez lo integraron.-
Por lo tanto, sus actuales integrantes deberán decidir el destino a asignar a ese dinero.-
Lo más sano, aconsejable y, por sobre todo, menos conflictivo es su utilización para obras de mantenimiento, conservación, embellecimiento o mejoras.-
Si el estado del inmueble es lo suficientemente óptimo como para no necesitarlas, puede pasar a integrar el fondo de reserva o bien ser consumido mediante una reducción del valor de las expensas por los meses siguientes o bien, directamente, destinar esa suma al pago de los gastos comunes de uno o varios meses, en los cuales todos los copropietarios se verán eximidos de pagar expensas mensuales.-
Los argumentos vertidos en la presente respuesta resultan suficientemente ilustrativos de la incorrección, las dificultades y los problemas que las propuestas de la índole que motiva la consulta, terminan provocando.-
Es necesario que el Administrador informe adecuadamente a los copropietarios y los persuada de la conveniencia de las soluciones aconsejadas.-
El feliz desenlace de la culminación de un exitoso cobro de expensas en mora, debe traducirse en momentos de alivio, tranquilidad y reconocimiento hacia quienes obtuvieron ese esperado resultado.-
Dependerá pues del Administrador del consorcio y de los profesionales que le asesoran, que esa circunstancia positiva no se vea malograda por innecesarios conflictos o por iniciativas inadecuadas o erróneas.-
no debería salvo que se lo autorice la asamblea
sos administrador o propietario??
para responder las otras preguntas hay que leer el reglamento de copropiedad y administración
BuENAS TARDES NECESITO HACER TRES PREGUNTAS
1) uN DEUDOR MOROSO QUE QUIERE HACER PAGOS A CUENTA SE PUEDE ACEPTAR O NO ?
2) cUAL ES EL TOPE MAXIMO PARA EL PAGO DE EXPENSAS ES DECIR DIA MAXIMO PARA SU COBRO SIN COBRARPUNITORIOS
3) CUAL ES EN LA ACTUALIDAD LA TASA DE INTERES QUE SE DEBE APLICAR PARA LOS COBROS ATRASADOS
mUCHAS GRAQCIAS