Solo para oficinas Inmobiliarias del Partido de Morón.LA ORDENANZA SOBRE LOCACION DE USO COMERCIAL

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Solo para oficinas Inmobiliarias del Partido de Morón

LA ORDENANZA SOBRE LOCACION DE USO COMERCIAL.

> > EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
> >
> > O R D E N A N Z A
> >
> >
> >
> > Art. 1) Establézcase en todo el ámbito del partido de Morón, la
> > obligatoriedad por parte de las Inmobiliarias, de solicitrar al Municipio
> > con antelación a la celebración de un contrato de locación de un inmueble
> > destinado al uso comercial, industrial y/o de servicios el «Certificado de
> > usos y restricciones» del mismo. En caso de incumplimiento, la
> > inmobiliaria
> > será pasible de la multa establecida en el art. 43° del régimen Municipal
> > de
> > Faltas. (Ordenanza 11159).-
> >
> >
> >
> > Art. 2) El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria de
> > Planeamiento Urbano y Ambiental, procederá a reglamentar la tramitación
> > del
> > certificado referido en el Artículo 1°, el mismo tendrá carácter grat,uito
> > y
> > en él constará la zonoficación y la grilla de Usos del mismo.-
> >
> >
> >
> > Art. 3) Las Inmobiliarias del Partido de Morón deberán exibir en
> > forma visible un cartel explicativo de los alcances de la presente
> > ordenanza, so pena de las sanciones previstas en el artículo 1°. Asimismo,
> > el departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Defensa del Usuario
> > y
> > el Consumidor, arbitrará los medios para darle a la presente Ordenanza
> > amplia difusión.-
> >
> >
> >
> > Art. 4) Camuniquese al Departamento Ejecutivo.-
> >
> >
> >
> > Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Consejo Deliberante, a los ocho
> > días del mes de Junio de dos mil.-
> >
> > REGISTRADA BAJO EL N° 2987/2000
> >
> >
> >
> > Consultado por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Morón,
> > al
> > Honorable Consejo Deliberante; contestaron que la ordenanza 2987/2000;
> > está
> > en plena vigencia y que no hay hasta la fecha ninguna otra Ordenanza en su
> > contra; por lo que es válido y obligatorio, la obtención del certificado
> > mencionado.-
> >
> >
> >
> > Luego consultado al Municipio de Morón, nos dicen que el Certificado de
> > Usos
> > y restricciones, mencionado en la Ordenanza, fue modificado por el
> > Certificado de VISIBILIDAD o SOLICITUD DE FACTIBILIDAD, que se obtiene en
> > el momento en la Ventanilla Única del Municipio.-
> >
> > A propósito de la Ventanilla Única, el Municipio ha realizado un convenio
> > con las cámaras del Partido de Morón, donde también funcionan ventanillas
> > Únicas, donde se puede realizar el trámite con las misma validez que la
> > que
> > otorga el Municipio y con la ventaja de que si se iniciare el trámite en
> > alguna de las Cámaras, al final del mismo éste tendrá una bonificación

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