CONTRATO DE COMODATO
Entre el Sr./Sra ………………. DNI. N°……………….. domiciliado en …………………………., de la ciudad de ……………….. en adelante denominado el/la “Comodante”, por una parte, y el Sr./Sra …………. DNI. N°. ……….. con domicilio en ……………………., de la ciudad de ………………. en adelante llamado el/la “Comodatario”, por la otra, se celebra el presente Contrato de Comodato, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El/la comodante entrega gratuitamente el …………………. al Comodatario, con facultad de usarla.-
SEGUNDA: La cosa comodatada está en el siguiente estado de conservación ……………… y presenta las siguientes particularidades …………………………………………………………………………….-
TERCERA: El uso que deberá darse a la cosa comodatada es ……………………, y se prohibe darle un uso distinto, estableciéndose como cláusula penal por su transgresión en pesos …………., además de la rescisión del contrato por culpa del Comodatario, y los daños y perjuicios.-
CUARTA: Será obligación del/la Comodatario restituir la cosa comodatada en el mismo ……………… (buen)……….. estado en que hoy la recibe, salvo el deterioro originado por el buen uso y el transcurso del tiempo, caso contrario deberá responder por los daños y perjuicios.-
QUINTA: El/la Comodante declara que la cosa comodatada es propiedad ………… (de él mismo – de un tercero) ……………..-
SEXTA: El/la Comodatario no podrá retener la cosa comodatada por lo que el/la Comodante le deba, aunque sea por razón de expensas de la misma cosa.-
SÉPTIMA: El plazo de este contrato será por ……………………… (tiempo – por cumplimiento de alguna condición, etc) …….-
OCTAVA: En caso de venta de la cosa comodatada, el/la comodatario deberá restituirla dentro del plazo máximo de ….. caso contrario deberá pagar como cláusula moratoria ……. y como punitoria …………. además de los daños y perjuicios.-
NOVENA: En cuanto a los frutos o a los aumentos que puedan sobrevenir a la cosa comodatada, se pacta lo siguiente ………………-
DÉCIMA: Las partes constituyen los siguientes domicilios especiales a los efectos del presente contrato:
a) El/la Comodante en ………………………………………………………………………………………………..;-
b) El/la Comodatario en ………………………., donde tendrán validez todas las notificaciones, sean judiciales o extrajudiciales.-
UNDÉCIMA: Para la sustanciación de cualquier cuestión judicial, las partes se someterán a los Tribunales ………. con exclusión de cualquier otra competencia. De conformidad con las once cláusulas del presente, se firman …….. ejemplares iguales, en la localidad de …. a los …. días del mes de …………… del año 2….-
FIRMAS.
CONTRATO DE COMODATO
Por María Alejandra Muchart
1.- Concepto. 2.- Elementos. 3.- Caracteres. 4.- prueba. 5.- Monto del litigio para el cálculo de los honorarios. 6.- Partes. 7.- Legitimación activa. 8.- Obligaciones del comodatario. 9.- Comodato precario. 10.- Obligaciones del comodante. 11.- Conclusión. 12.- Diferencia con el contrato de locación de cosas.-
1.- CONCEPTO:
El concepto de el contrato de comodato, se encuentra contemplado en el art. 2255 del Código Civil, que considera que habrá contrato de comodato o préstamo de uso, cuando una de las partes entregue a la otra gratuitamente alguna cosa no fungible, mueble o raíz, con facultad de usarla.-
El comodato es un contrato real por el cual una de las partes entrega a otra una cosa mueble o raíz gratuitamente, dándole la facultad de uso. El comodatario es un mero tenedor de la cosa. SCBA AC 35452 S 15-4-86, De Marco Domingo c/ Fernandez Miguel Angel y otro s/daños y perjuicios -DJBA To 1986-131, pág 9, LL Tomo 1986-D pág 111.- El Comodatario solamente será guardián cuando el préstamo no tenga un carácter temporario, es decir, cuando se prolongue algún tiempo prudencial, pues en tal caso si habrá de tener la facultad completa de disposición, contralor, vigilancia, etc., facultades que caracterizan la figura del guardián. LL Tomo 1986-D, pág 111.-
2.- ELEMENTOS:
De la definición del Código Civil, podemos establecer que este contrato tiene cinco elementos: a) la gratuidad, que es el elemento esencial , b) el tipo de bienes que pueden ser objeto del contrato (cosas no fungibles, muebles o raíz), c) que se concede el uso, no se transmite la propiedad, d) se perfecciona con la entrega de la cosa, y e) obligación de restituir.-
3.- CARACTERES:
Este contrato se caracteriza por ser gratuito, real, no formal
Porqué real, porque el contrato se perfecciona con la entrega de la cosa.-
Decimos que es no formal, porque el comodato es un contrato de buena fe, y que, en tales condiciones, las más de las veces se realiza sin otorgarse documento alguno, lo que explica lo dispuesto por el art. 2263 del Código Civil .-CCO203 LP B 71616 RSD 168-91 S 6-8-91, Morassut Aldo Hermenegildo c/ Banco Felix Fernando y otro s/posesión veinteanial.-
4.- PRUEBA:
Aunque el art. 2263 del Código Civil, autorice toda clase de prueba para acreditar la existencia de un comodato, de ello no puede concluirse que de la sola circunstancia de que un sujeto figure como titular de un bien ocupado por otro, el primero sea comodante y el segundo comodatario. CCI Art.2263. SCBA AC 36486 S 23-9-86, Keunchbarian Simón c/ Keunchkarian Emilio s/ Cesación de comodato, AYS 1986 -III-280.-
El art. 2285 del Código Civil sólo atribuye al comodatario la carga de demostrar que el contrato no es precario y nada más. (Keunchbarian Simón c/ Keunchbarian Emilio s/ cesación de comodato).-
Demandada la restitución de la cosa sobre un supuesto comodato, es el actor a quien incumbe demostrar, el presupuesto de hecho de la norma que movía como fundamento de su pretensión (art. 375) (Keunchbarian Simón c/Keunchbarian Emilio s/cesación de comodato).-
Ahora bien, un supuesto que se da como arma de dilatar un proceso, atento a que en nuestro sistema legal, no se aplica la tácita reconducción, es alegar que vencido el contrato de locación, este se transforma en un comodato. La jurisprudencia entiende que no se configura, luego de vencido el plazo de locación un contrato de comodato, o sea, un préstamo de uso gratuito, pues la permanencia en el uso y goce de la cosa arrendada, no se juzgará como tácita reconducción sino como la continuación de la locación concluída y bajo sus mismos términos (art. 1622 CC) CCO201 LP B 68828 RSD 149-90 S 31-7-90, Mitra, Juan Claudio c/Murna Rodolfo Eduardo y otro s/ daños y perjuicios.-
5.- MONTO DEL LITIGIO PARA EL CALCULO DE HONORARIOS:
El monto del litigio está representado por el valor correspondiente a los bienes, motivo del comodato, y cuya restitución se condena,más el importe de interes, etc.. -SCBA Ac 47631 I 11-6-91 , AUTO-O-GAS SAC y C c/ DANIGAS Y OTRO S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.-
6.- PARTES:
En este contrato, como ya hiciéramos referencia, hay dos partes, una que da la cosa llamada el COMODANTE y otra que la recibe para usarla obligándose a devolverla llamado el COMODATARIO.-
7.- LEGITIMACION ACTIVA:
Si se reclama el desalojo alegándose una obligación de restituir derivada de un contrato de comodato, carece de significación el carácter de propietario, que, a su vez, puede tener el actor. SCBA AC 49122 S 30-6-92 Acovial SA c/ Salvi Ubaldo s/desalojo.-
Para celebra un contrato de comodato no se requiere- por el comodante- el carácter de propietario del bien involucrado. SCBA AC 46887 S 8-9-92 , Stamponi de Depóntico Jesús c/ Monti Enrique s/desalojo.-
8.- OBLIGACIONES DEL COMODATARIO
Debe conservar la cosa, derecho de uso, restitución de la cosa.-
La obligación de conservar la cosa, se refiere a cuidar la cosa, haciéndose responsable de todo deterioro que ella sufra por su culpa (art. 2266 Cód Civil), se exceptúa su responsabilidad por los daños causados por fuerza mayor o caso fortuito, siempre que no hubiera habido culpa del comodatario.-
Usar la cosa, comprende usarla para el destino que se hubiere convenido.- (art. 2268 del mismo cuerpo legal)
Restituir la cosa, comprende estado, tiempo y lugar. Por estado, el art. 2271 es la devolución de la cosa con todos sus frutos y accesorios en el estado en que se halle.- Con relación al tiempo, debe ser el convenido, en cambio si fue dado para prestar un servicio, cuando este se hubiere cumplido.-
Sin embargo este contrato tiene un particularidad, es que si el comodante necesita imprevistamente la cosa, podrá exigir su devolución en cualquier tiempo (art. 2284 CC), pero debe existir una cirsuntancia de urgente necesidad, que será valorada por el JUEZ.-
El art. 2283 del CC, habilita al comodante a pedir la restitución de la cosa dada en comodato,cuando fallece el comodatario.-
Ahora bien, dónde se debe devolver la cosa dada en comodato, pues bien hay que remitirse a los principios generales de lugar de pago, es decir al pactado y falta de este debe hacerse donde la cosa existía al tiempo de contraerse la obligación. En cualquier otro caso, el lugar de pago será el del domicilio del deudor al tiempo de cumplirse la obligación.-
A quién debe restituirse la cosa dada en comodato: en principio al comodante.-
Si el comodante no restituye la cosa, deberá daños y perjuicio.
Por ser un contrato cuya esencia es la gratuidad no se vale del derecho de retención. (art.2278 CCiv).-
9.- COMODATO PRECARIO:
El ART. 2285 considera el comodato precario, entendiendo por tal, a cuando se presta una cosa, sin pactar la duración ni el uso de la cosa.-
10.- OBLIGACIONES DEL COMODANTE:
Básicamente, debe dejar el uso de la cosa por el tiempo convenido o por servicio al comodante, responder por vicios ocultos y pagar los gastos extraordinarios.-
11.- CONCLUSION DEL COMODATO:
Puede el comodato concluir, por pérdida de la cosa, por vencimiento del plazo, por rescisión unilateral.-
12.- DIFERENCIA DEL COMODATO con el CONTRATO DE LOCACION DE COSA:
Este punto es importante, por cuanto el primero es real, gratuito, no formal, el objeto pueden ser cosas no fungibles, muebles o raíz, en cambio en la locación de cosas, es un contrato consensual, bilateral, oneroso, y bilateral.
va a depender de lo que exprese el documento del comodato, en principio continua a los herederos
Hola mi consulta es porque tengo un contrato de comodato me quedan 2 años y el camodante falleció, en el contrato no hay ninguna cláusula referida a la muerte de alguna de las partes, ahora los hijos me quieren sacar el campo, pueden o aún tiene validez el contrato?
Quienes son las instituciones, que tipo de figura juridica?
_Tendrias que venir al estudio y lo hablamos personalmente, ver el caso en particular
Buenos días, tengo que hacer un contrato de comodato, siendo representante de un institución y también participan 3 Instituciones más, pero éstas son oficiales. La Institución que represento es un club. Pregunto, en caso de que mi gestión termine, como queda este contrato?
es u8n contrato entre privados, es valido con su simple firma
la certificacion es para que despues no te la desconoscan es decir que firme cualquier cosa
El contrato de comodato si o si tiene que ser certificada por un escribano por mas que esten todos los datos personales.MUCHAS GRACIAS
Hola!
Tienes un modelo de rescicion de comodato?
Gracias!
no son rapidos los desalojos, ni de contratos de alquiler ni de comodatos
pero si hay clausulas que los facilitan,
llamanos y lo vemos
si recibis en comodato , no lo podes alquilar
no tenes la posecion, no se puede alquilar con la tenencia
que dice el comodato que firmaste?
se puede hacer por mas tiempo con el nuevo codigo, cuidado como haces los comodatos
es para un amigo familiar?
hola, tengo que hacer un contrato de comodato de un local, se hace por 3 años como un contrato de alquiler o lo puedo hacer por mas tiempo
Hola. En el caso de que haya un contrato de comodato de un inmueble y el comodatario tiene facultades para alquilar el inmueble y para cobrar; que pasa si muere el comodatario y el comodante quiere continuar con el contrato de alquiler que celebro el comodatario fallecido? Puede el comodante reemplazar al comodatario para cobre los alquileres sin modificar el contrato de alquiler? Espero se entienda lo que quiero preguntar. Desde ya muchas gracias.
Buenos días:
Se puede sellar un comodato ??( vivo en Mendoza)
Por cuanto tiempo se hace ??
hay que leer el contrato de comodato para ver si se establecio una clausula especial en caso de fallecimiento de la partes
1º) En caso de fallecimiento del COMODANTE, antes de la finalización del plazo del comodato, da derecho a sus herederos a solicitar el anticipado desalojo de la propiedad inmueble de parte del COMODATARIO, o hay que respetar la fecha de vencimiento del mismo?
2º) Un comodato se puede concretar por cualquier cantidad de tiempo, o hay un límite máximo de años para el mismo?